Se confirmó la imputación contra Mayte Reyna del Portugal Escudero. Su defensa había planteado nulidades sobre la calificación penal, al sostener que la causa debe resolverse en sede civil.
Con la resolución del Tribunal de Impugnación de Villa Mercedes quedó firme la imputación contra Mayte Reyna del Portugal Escudero por estafar a 20 familias con la venta de terrenos. La defensa presentó un recurso de apelación cuestionando la formulación de cargos y la prisión preventiva, pero no le hicieron lugar.
La mujer está en la cárcel desde el 20 de marzo cuando la imputaron por vender terrenos que no le pertenecían. Que eran de la Municipalidad, y que la actual gestión cedió en diciembre del año pasado al Gobierno provincial para que construya viviendas.
Hace pocos días el Tribunal resolvió el planteo que hizo el abogado Damián Bueno, sobre la calificación penal: para él la conducta de Escudero “carece de tipicidad delictiva” y lo graficó como “una controversia de naturaleza estrictamente civil” vinculada a la cesión de derechos posesorios en el barrio “Familia Unida”.
A la medida de coerción, la más grave que le impusieron a su defendida, la criticó como “desproporcionada e innecesaria”, y puntualizó que la imputación penal “no corresponde” ya que se trata “más bien de una disputa que debe ventilarse en sede civil y no en sede penal”. Insistió que hubo una “incorrecta valoración”, tanto del Ministerio Público Fiscal, como de la jueza Natalia Pereyra Cardini.
En los fundamentos, los jueces María Bocca, Marcelo Bustamante Marone y Hernán Herrera analizaron una “insuficiencia de la fundamentación defensiva” que pretende “reducir una defraudación reiterada a una simple controversia posesoria sin aportar evidencias claras que permitan siquiera su análisis”.
Confirmaron la formulación de cargos que hizo Pereyra Cardini (por el delito de estafas reiteradas en concurso real, 20 hechos) para que el proceso avance y se logre “una adecuada profundización de la investigación y en su caso se llegue hasta la etapa de juicio oral”.
“En la faz penal nos toca investigar delitos, y aunque entiendo que puede haber un tratamiento en vía civil, no seré yo la que va a dirimir esas cuestiones. Acá me corresponde establecer si la señora cometió los hechos de estafa que se le intentan imputan, y esa es mi tarea. Y si hay cuestiones políticas, la verdad no me interesan”, dijo la magistrada el día que dispuso el traslado al Servicio Penitenciario Provincial.
Fundamentó esa medida coercitiva en que existe el peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación, y destacó que hay dudas en el real domicilio de la acusada y también que otras personas están siendo investigadas. Tuvo en cuenta la falta de arraigo porque Escudero no tiene un trabajo estable, y tampoco se ha demostrado un vínculo familiar comprobable.
“Veo el ardid, la estafa y el engaño. Hay evidencias que deben ser resguardadas. Cedió derechos que no tenía”, también puntualizó.
En una audiencia anterior el Tribunal ya había intervenido en esta causa. Rechazó planteos relacionados a las medidas impuestas, entre ellas la preventiva, porque el abogado había solicitado la prisión domiciliaria argumentando problemas de salud. En un fallo unánime no hizo lugar y confirmó el encierro de Escudero en el penal. Concluyeron los magistrados en que la documentación médica adjuntada resultó insuficiente.
Se detalla que el tumor alegado por la defensa (macroadenoma de hipófisis) resultaría benigno, y su tamaño se estaría reduciendo, con lo cual no requiere intervención urgente. No advirtieron un estado de vulnerabilidad, por lo tanto puede seguir siendo tratada en la cárcel con medicación y preservación psicofísica.