San Luis: Una pareja adoptó un bebé antes de su nacimiento
- 13/02/2026 08:50 hs
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La medida del Juzgado de Familia evitó que el recién nacido ingresara transitoriamente al sistema de familia solidaria antes de tener un hogar definitivo. Una historia que marca un precedente.
Por primera vez en la provincia de San Luis se aplicó una medida cautelar que permitió que un recién nacido fuera entregado de manera directa a una pareja adoptante, sin pasar previamente por el sistema de familia solidaria. La resolución judicial, dictada antes del nacimiento, tuvo como eje central respetar la decisión de no maternar de la mujer gestante, evitar la institucionalización transitoria del bebé y agilizar los tiempos del proceso adoptivo.
La situación se inició en mayo de 2025, cuando una mujer en contexto de vulnerabilidad expresó ante el Registro Único de Adoptantes (RUA) su voluntad de dar en adopción al hijo que esperaba. A partir de esa manifestación intervino la Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces, encabezada por María Luz Vilchez, junto con la delegada del organismo, María Fernanda Gasparro. Ambas áreas articularon un abordaje integral que incluyó acompañamiento médico, psicológico y asesoramiento jurídico durante todo el embarazo.
En paralelo, el Programa de Niñez evaluó el entorno familiar de la joven para descartar la posibilidad de que algún integrante pudiera asumir la crianza, tal como lo establece el procedimiento vigente.
El caso quedó bajo la órbita del juez Hugo Orozco, titular del Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Penal Juvenil N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial. En declaraciones al medio El Chorrillero, el magistrado subrayó la importancia de respetar la voluntad de la mujer gestante.
“Las mujeres no pueden ser obligadas a maternar, menos aún ante situaciones traumáticas. Es fundamental que esa decisión sea respetada, incluso en el trato cotidiano”, señaló. En ese sentido, explicó que se trabajó especialmente con el hospital a cargo del seguimiento del embarazo para adecuar el acompañamiento y evitar expresiones o prácticas que reforzaran una maternidad no deseada.
Orozco indicó además que actualmente no existe un protocolo específico para situaciones de mujeres gestantes que no desean maternar, más allá de lo establecido por la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Por ello, la medida cautelar contempló pautas claras desde los controles prenatales hasta el momento del parto.
El día del nacimiento, la entrega del bebé se concretó en una sala privada del hospital. El propio juez, acompañado por la secretaria del juzgado, labró el acta correspondiente. La pareja adoptante, previamente inscripta y evaluada en el listado del RUA, se retiró del establecimiento con el niño bajo una guarda otorgada mediante la medida cautelar, que posteriormente derivó en la adopción plena.
Hasta ahora, el procedimiento habitual disponía que el recién nacido ingresara al sistema de familia solidaria —hogares de tránsito que reciben de forma temporal a niños, niñas y adolescentes que no pueden permanecer con su familia de origen— mientras el RUA avanzaba en la evaluación y selección de postulantes. Este proceso incluye entrevistas, estudios psicológicos, informes socioambientales y un orden de prelación.
En este caso, el magistrado consideró innecesario ese paso intermedio. En Santa Rosa del Conlara no había familias solidarias disponibles, lo que hubiera implicado el traslado del bebé a otra ciudad, como San Luis capital o Villa Mercedes. “Si existía un listado de adoptantes que estaban esperando, no tenía sentido someter al niño a una institucionalización que podía evitarse”, razonó.
Durante todo el proceso, la mujer gestante contó con acompañamiento terapéutico y mantuvo entrevistas periódicas con el juez para reafirmar su voluntad. Además, se le garantizó el derecho a revertir la decisión dentro de los 45 días posteriores al nacimiento.
Tras el parto, profesionales del RUA realizaron un seguimiento semanal de la familia adoptante. Los informes fueron favorables y coincidieron en que la vinculación se desarrollaba de manera positiva. Con esos elementos y la ratificación definitiva de la mujer gestante, el juez declaró la situación de adoptabilidad, otorgó la guarda con fines adoptivos por el plazo de un mes y, finalmente, dictó la adopción plena.
Para Orozco, el caso marca un precedente en la provincia y propone una nueva mirada con perspectiva de niñez y de género. “Faltan herramientas y políticas públicas específicas, no solo en San Luis sino en todo el país. Las instituciones tenemos que modernizarnos para dar respuestas acordes a las demandas actuales”, concluyó.