Vaciamiento del Molino Fénix: la Fiscalía defendió la investigación que tiene a la ex diputada Anabela Lucero imputada por corrupción
- 15/04/2025 09:33 hs
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Se expuso que los planteos de nulidad que hizo la defensa de los cinco imputados son “improcedentes y no tienen fundamentos”. Están pidiendo la devolución de teléfonos celulares, e hicieron cuestionamientos sobre el secuestros de vehículos en el inicio de la investigación.
El fiscal José Olguín respondió los planteos que la semana pasada hizo la defensa de los imputados, ante el juez Santiago Ortiz . Aseguró en primer lugar que toda su actuación fue realizada “dentro de los términos legales vigentes” y que los planteos de nulidad “son abstractos, improcedentes y no tienen fundamentos”. Pidió que sean rechazados, y el magistrado comunicará su resolución este martes a las 9.
El lunes pasado los abogados de la ex diputada provincia, Anabela Lucero; su pareja, Joaquín Beltrán; el hermano de ella, Enzo Lucero; el cuñado, Ezequiel Sacarel; y Diego Torres solicitaron nulidades sobre el secuestro de tres vehículos (que fueron entregados a sus propietarios pero que siguen en calidad de depositario judicial) y de elementos secuestrados, entre ellos, los celulares que son en su mayoría de marcha iPhone.
Olguín contestó hoy que los planteos “son abstractos” ya que los vehículos “no fueron secuestrados, sino entregados voluntariamente”. Y cuestionó que la defensa “no expresó concretamente cuál fue su agravio”.
Hizo referencia a lo previsto en los artículos 97 y 135 del Código de Procedimiento de San Luis.
Sobre el primero que “el Fiscal formará un legajo de la investigación sin formalidad alguna en donde se harán constar todos los elementos recabados en la investigación sin formalidades, que se hará accesible a todas las partes”. Y que “las actuaciones de la investigación preparatoria no tendrán valor probatorio para fundar la condena del acusado, salvo aquellas que fueran recibidas de conformidad con las reglas del anticipo jurisdiccional de prueba. No obstante, podrán invocarse para solicitar o fundar una medida de coerción o cautelar, excepciones o el sobreseimiento”.
Y del artículo 135 que establece lo siguiente: “No podrán ser objeto de secuestro: a) Las comunicaciones entre el imputado y las personas obligadas a guardar secreto profesional; b) Las notas que hayan tomado los nombrados anteriormente sobre comunicaciones confiadas por el imputado, o sobre cualquier circunstancia a la cual se extienda el derecho o el deber de abstenerse de declarar; y c) Los resultados de exámenes o diagnósticos relativos a las ciencias médicas realizados al imputado bajo secreto profesional”.
En cuanto al secuestro de dispositivos electrónicos, el Ministerio Público Fiscal consideró que “no definió el agravio concreto” y aseguró que todos los elementos inacautados fueron evidencias presentadas durante la audiencia de formulación de cargos.
Finalmente, Olguín le pidió al juez sen rechazados “por abstractas, improcedentes y por no estar fundadas en la ley.
El abogado Flavio Avila, en representación de Fiscalía de Estado como querellante, se expresó en el mismo sentido que el fiscal y adhirió a sus dichos. Consideró que las nulidades deben ser rechazadas “en tanto son un recurso extremo y no una herramienta para dilatar el proceso”.
La defensora oficial, Cecilia Mithiaux insistió que debe ordenarse “de manera inmediata los elementos secuestrados”.
El defensor de Beltrán, Gonzalo Estrada consideró que todos los procedimientos “están fuera de la ley y constituyen una caza de brujas”. Asiste al diputado junto a Carlos Cobo.