Este miércoles, se desarrolló una audiencia de formulación de cargos en el Juzgado de Garantía Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial. La misma, fue dirigida por el Dr. Alfredo Cuello.
El fiscal a cargo de la investigación, Dr. Leandro Estrada relató que el pasado 21 de julio en horas del medio día, el damnificado trasladó su camioneta -que presentaba un desperfecto técnico- a un taller mecánico, como se encontraba cerrado estacionó su vehículo obstaculizando la entrada de la cochera de la imputada cuya vivienda se encuentra al lado del taller.
En ese entonces, la mujer cuando quiso salir de su domicilio se encontró con una camioneta que dificultaba su salida. Es allí cuando, luego de llamar a la policía y a la municipalidad, arrojó líquido sobre el vehículo, tomó una masa y comenzó a golpear la camioneta produciéndole severos daños en vidrios, óptica, paragolpes y también se producen abolladuras.
Por otra parte, la defensa de la señora ejercida por los Dres. Germán Anabitarte y Eugenia Río expresó que existen conflictos de larga data con los propietarios del taller mecánico, que no se trató de una situación aislada. Y que en ese momento su defendida llamó a la policía y al municipio. Asimismo agregaron que la señora debía salir de su domicilio por asuntos médicos.
Luego de que las partes expusieran su teoría del caso, el Dr. Cuello formuló cargos provisorios por el delito de daños previsto en el art. 183 del Código Penal.
ARTICULO 183 del Código Penal. Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare una cosa mueble o inmueble o un animal, total o parcialmente ajeno, siempre que el hecho no constituya otro delito más severamente penado.