Ojo de cerradura
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25/07/2023 14:24 hs

Robo a un local de hamburguesas: Piden suspensión de juicio a prueba para los acusados

San Luis - 25/07/2023 14:24 hs
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La defensa oficial de Carlos Lopéz y Luis Arce solicitó la suspensión de juicio a prueba en la causa que investiga el robo a un local de hamburguesas del Shopping San Luis, ocurrido el 3 de febrero de 2019. Conocida también como “probation”, la figura consiste, básicamente, en suspender la tramitación del juicio penal, por el tiempo que el juez disponga a condición de que el acusado, (en este caso acusados) cumpla ciertas reglas de conducta y ofrezca una reparación razonable del daño ocasionado.
Arce y López, representados por la Defensoría de Juicio N° 1, ofrecieron a través del defensor oficial Esteban Sala, una suma de dinero a abonarse en doce pagos y tareas comunitarias en dos iglesias de la ciudad capital. La reparación económica ofrecida está relacionada a las posibilidades económicas de los imputados, en los términos del Art. 76 Inciso 1 del Código Penal Argentino.
“Ninguno de los dos tiene antecedentes y el delito es robo con arma cuya aptitud para el disparo no fue probada, por ende, la escala penal daría para pedirlo”, dijo Sala y la explicación tiene que ver con que la suspensión a juicio a prueba sólo procede para delitos leves, cuya pena no supere los tres años de prisión.
Alejandro Sosa es el tercer acusado en la causa. El imputado de 26 años enfrenta, además, dos acusaciones por abuso y tenencia de armas. Su abogado, Héctor Zabala Agüero, solicitó en una de esas dos causas la aplicación de la suspensión de juicio a prueba.
“Mi representado tiene tres causas que fueron unificadas. En la que pido la probation es la de la tenencia de armas. En la causa del Shopping decido ir a juicio porque mi representado no tiene nada que ver, ni hay pruebas que lo incriminen y voy a pedir la absolución. Sin embargo, como están las tres causas en una, es que suspenden la audiencia de hoy y se le corre vista al Fiscal”, dijo Agüero.
La “probation” es una alternativa judicial donde el “sospechado” debe cumplir tareas comunitarias por un determinado tiempo y a su vez ofrecer un resarcimiento económico a la parte damnificada.
Se contempla en el Artículo 76 bis del Código Penal el cual estipula que puede ser requerido por el imputado de un delito de acción pública reprimido con pena de reclusión o prisión cuyo máximo no exceda los tres años.
Es decir, no se puede conceder para todos los delitos, ni tampoco a todas las personas sospechadas de cometerlos y, además, se tienen que dar varios requisitos legalmente establecidos. Delitos contra la administración pública”, o “contra la integridad sexual” o los relacionados con la violencia de género, no están contenidos dentro de este beneficio, por ejemplo.
El hecho ocurrió el 3 de febrero de 2019 a las 2:30 de la madrugada en el local de comidas Burguer King del Shopping. De acuerdo a la denuncia, cuatro personas armadas reducen a los empleados del local, a cara cubierta y se llevan $9000 y elementos personales de los empleados que se encontraban en ese momento.
Por esta causa, el 25 de julio de 2022, Javier Gómez fue condenado, mediante juicio abreviado, a cuatro años y seis meses de prisión por los delitos de robo calificado por ser en poblado y en banda, en grado de tentativa, en perjuicio de Tomás Peralta, en concurso real con el delito de robo doblemente calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo tenerse por acreditada y por ser en poblado y en banda, en perjuicio de la empresa Burguer King.

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