Ayer se desarrolló la audiencia por los hechos por los que se investigó al imputado sucedieron el 18 de mayo de 2020 durante el aislamiento social preventivo y obligatorio. El acusado habría ingresado de manera violenta al domicilio de su ex esposa rompiendo las puertas de ingreso a la morada y sustrayendo ilegítimamente una serie de bienes muebles que eran propiedad del organismo gremial SMATA. El 8 de septiembre del mismo año, el juez Leandro Estrada, entonces Juez de Instrucción Nº2 de la Segunda Circunscripción Judicial, ordenó el procesamiento y encarcelamiento preventivo del sospechoso como presunto autor de los delitos de robo doblemente calificado por efracción o fractura y por ser en poblado y en banda, desobediencia a una orden judicial y violación de las medidas anti epidémicas en concurso ideal.
La audiencia tenía como fin resolver el pedido de revisión de medida de coerción formulado por la defensa del imputado, ejercida por los abogados Marcos Juárez y Ramiro Rubio. El tribunal integrado por los doctores Hernán Herrera, Virna Eguinoa y Sebastián Cadelago Filippi, escuchó los fundamentos de la defensa, de la querella y de la representante del Ministerio Publico Fiscal.
El doctor Marcos Juárez manifestó que la prisión preventiva luce desproporcionada e injustificada. La fiscal Daniela Torres informó que el auto de procesamiento dictado por el doctor Estrada está firme y consentido, que existiría riesgo de fuga en caso de que se revocara la prisión preventiva y que el imputado ocultó evidencias y proporcionó información falsa. Los doctores Omar Uría y Guillermo Alfredo Gatica, representantes de SMATA, aseguraron que la actitud del imputado fue una demostración de menos precio al orden jurídico y social. Finalmente, la doctora Leticia Latini, representante de la particular damnificada, aseguró que deben protegerse los derechos de la víctima, quien tiene el derecho de acceder a un proceso justo.
Ariel Rosendo siguió la audiencia desde el Servicio Penitenciario Provincial a través del sistema Cisco Webex, manifestando al tribunal que siempre se manejé por derecho, que fue y será muy respetuoso de las decisiones.
Luego de escuchar a las partes y tras un cuarto intermedio, se conoció lo resuelto por el Tribunal de Impugnación, que confirmó la medida de coerción dictada oportunamente por un plazo acotado de 2 meses a partir del día de ayer. Una de las consideraciones que influyó en la medida es la pronta fecha de inicio del debate oral y que se entiende que existen evidencias sólidas para tener por acreditado el hecho investigado y mencionando que el hecho se encuentra enmarcado en un contexto de violencia de género, económica y psicológica, teniendo la obligación de resolver con perspectiva de género. Mencionaron que en la causa existe riesgos real de fuga y de entorpecimiento de la investigación.