VILLA MERCEDES EN FOTOS
Edición del 12 / 08 / 2026
               
12/08/2026 18:15 hs

Se aprobó la ley del RIPEE, el programa del Gobierno provincial para promover inversiones y crear empleo

San Luis - 12/08/2026 18:15 hs
COMPARTIR EN:                                
La Cámara de Diputados dio sanción definitiva al régimen impulsado por el gobernador Claudio Poggi. Establece beneficios tributarios, subsidios al trabajo, herramientas para disponer de inmuebles fiscales y mecanismos de financiamiento para proyectos privados.
El Régimen Integral de Promoción del Desarrollo Económico y el Empleo (RIPEE) impulsado por el Gobierno se convirtió en ley este miércoles, luego de que la Cámara de Diputados le diera media sanción.

El RIPEE contempla cuatro grandes herramientas: beneficios tributarios, subsidios al empleo, gestión y disposición de inmuebles fiscales y financiamiento de proyectos privados ya sea microemprendimientos como empresas.

Comprende una exención de tributos provinciales de hasta 15 años, fondos de garantía que permitirán apalancar líneas de financiación para inversiones y/o capital de trabajo, alivio fiscal que incluirá el otorgamiento de créditos fiscales para la devolución de saldos a favor en Ingresos Brutos, un bloqueo fiscal para inspecciones y planes de pago para regularizar deudas.

Durante el debate, varios legisladores coincidieron en señalar la necesidad de contar con una herramienta de promoción destinada al sector privado, en aplicar un amplio alcance de beneficios, analizaron las facultades que tendrá el Poder Ejecutivo y el uso de los recursos y bienes del Estado.

La presidenta de la Comisión de Finanzas y Obras Públicas, Eugenia Gallardo (Ahora San Luis), como miembro informante presentó los principales aspectos del proyecto. En su exposición sostuvo que la iniciativa se apoya en el artículo 82 de la Constitución provincial, que establece que el Estado promueve el bienestar de la sociedad mediante el desarrollo económico y social y fomenta la generación de riqueza en todos los sectores de la economía.

Puntualizó que la inversión privada constituye uno de los motores del desarrollo: “Representa mucho más que inyectar capital en una empresa porque una inversión nueva activa un círculo virtuoso que impulsa el consumo, promueve el desarrollo de proveedores locales y crea oportunidades de empleo”.

También planteó que el proyecto busca generar previsibilidad y seguridad jurídica mediante el ordenamiento de herramientas que hasta ahora se encontraban contempladas en distintas normas. También habló de la continuidad de los beneficios otorgados bajo regímenes anteriores y la institucionalización de las Mesas Sectoriales como espacios de diálogo permanente entre el sector público, las cámaras empresariales, las universidades, el sector científico y la comunidad.

Fue sancionado con 27 votos a favor provenientes de la coalición oficialista Ahora Sanluis y bloques aliados, y 11 en contra, correspondientes al Frente Justicialista. El Senado había aprobado el proyecto el 28 de julio, con el respaldo del bloque oficialista.

Antes de llegar al recinto, la propuesta atravesó un proceso de debate que tuvo como antecedente las Mesas Sectoriales organizadas por el Gobierno provincial desde el inicio de la gestión.

En estos espacios participaron productores, cámaras empresariales, asociaciones rurales, pequeños empresarios, autoridades, intendentes, legisladores y vecinos.

Lo cierto es que el Gobierno hasta antes del ingreso del proyecto a la Legislatura se dedicó a la promoción del sector privado. Fueron financiadas 10 mil iniciativas que alcanzaron a unos 20 mil emprendedores. También San Luis fue reincorporado al Consejo Federal de Inversiones (CFI) y el acompañamiento técnico de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) para el diseño de políticas de desarrollo económico.

El Frente Justicialista votó en contra

Entre los legisladores que expusieron estuvieron Miriam Serra, Víctor Moriñigo, Marisa Patafio, Carlos González D’Alessandro, Bruno Mini, Nicolás González Ferro, Claudia Díaz y Walter Córdoba.

En el cierre, Gallardo respondió a los cuestionamientos y defendió la iniciativa como una herramienta construida con el sector productivo: “Un proyecto tan trabajado con sus protagonistas, que es darle la espalda al sector productivo con una postura absolutamente mezquina”.

Dijo que el régimen no implica una pérdida de recursos por parte del Estado, sino un mecanismo para incentivar inversiones nuevas. “La oposición cree que vamos a perder promoviendo o incentivando la inversión. No, de ninguna manera perdemos dinero por promover inversiones que no existen”, indicó.

“Veo una oposición de oponerse por oponerse”, concluyó.

Con la aprobación de Diputados, el RIPEE quedó convertido en ley y ahora pasó al Ejecutivo para su promulgación y puesta en marcha.

Beneficios tributarios y los cuatro pilares

|El primer eje es el programa de Fomento a las Nuevas Inversiones, destinado a proyectos de inversión vinculados con actividades agropecuarias, apícolas, frutihortícolas, mineras, industriales, de la construcción, energéticas, logísticas, comerciales, turísticas, culturales, tecnológicas y de servicios, además de cualquier otra actividad económica desarrollada o a desarrollarse en San Luis.

La ley contempla para estos proyectos la exención de Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario y el Impuesto a los Automotores, Acoplados y Motocicletas durante un período de hasta 15 años. El beneficio tendrá una escala progresiva de reducción: será del 100% entre el primer y quinto año, del 75% entre el sexto y décimo y del 50% entre el undécimo y decimoquinto.

En el caso de Ingresos Brutos, la exención se aplicará sobre los ingresos generados por la nueva inversión. Para el Impuesto Inmobiliario y Automotores, alcanzará a los bienes directamente afectados al proyecto.

El beneficio comenzará a regir desde la puesta en marcha de la inversión y estará acompañado por la exclusión de los regímenes de retención, percepción y recaudación de Ingresos Brutos durante un año, con posibilidad de prórroga.

También se establece la exención del Impuesto de Sellos y de Tasas Administrativas para los actos, contratos, instrumentos, trámites y actuaciones vinculados con los proyectos aprobados.

La norma incorpora además el Programa de Incentivos Fiscales, al que podrán acceder quienes presenten proyectos que contemplen una inversión mínima equivalente a dos veces los impuestos provinciales devengados durante los 12 meses anteriores.

En estos casos, los beneficiarios podrán obtener un Crédito Fiscal equivalente al 50% de los impuestos provinciales que se devenguen durante los 12 meses posteriores a la aprobación del proyecto. Será nominativo e intransferible y podrá ser utilizado por su titular para cancelar obligaciones tributarias provinciales.

Otro de los instrumentos será la exención de Ingresos Brutos para la actividad industrial. Podrán acceder los contribuyentes que desarrollen actividades industriales en San Luis y cumplan las condiciones previstas por la ley. El beneficio comprenderá lo producido efectivamente en la provincia, con excepción de las ventas consideradas minoristas.

Las empresas ya radicadas en San Luis podrán presentar proyectos y la autoridad de aplicación podrá considerar inversiones realizadas con anterioridad. Para conservar el beneficio deberán asumir compromisos anuales relacionados con personal, inversión, producción y generación de actividad económica.

El régimen también establece herramientas para transformar saldos a favor en Crédito Fiscal Transferible y contempla mecanismos de conversión de esos saldos en inversiones.

A esto se suma un Régimen de Bloqueo Fiscal por cinco años para contribuyentes de Ingresos Brutos, sean directos o comprendidos en el Convenio Multilateral con sede en San Luis, con exclusión de los agentes de retención, percepción y recaudación.

La ley incorpora además facilidades de pago para deudas tributarias provinciales, incluidas multas, recargos y accesorios. Los contribuyentes podrán cancelar las obligaciones de contado con una reducción del 10% o acceder a planes de 3, 12, 24 y 36 cuotas, según las condiciones que establezca la reglamentación.

|El segundo eje está vinculado al empleo. Las empresas que adhieran al RIPEE incorporen a su nómina a beneficiarios del Plan de Inclusión Social podrán acceder a un subsidio equivalente al beneficio social que percibía el trabajador al momento de su incorporación.

El aporte será decreciente: durante el primer año podrá alcanzar el 100% del beneficio social y durante el segundo año será de hasta el 75% durante el primer semestre y del 50% durante el segundo.

Mientras dure la relación laboral, se suspenderá la percepción del beneficio social de origen. Si se produce una desvinculación, podrá volver al plan y el empleador podrá solicitar el reemplazo por otra persona comprendida en ese régimen. Una vez finalizado el período de subsidio, el costo laboral quedará íntegramente a cargo de la empresa.

|El tercer eje comprende la gestión y disposición de inmuebles fiscales. El Ejecutivo podrá destinar bienes inmuebles del dominio del Estado provincial a proyectos de inversión y actividades económicas vinculadas con el desarrollo y la generación de empleo.

También podrá desafectar inmuebles del dominio público cuando hayan perdido su afectación específica o ya no sean necesarios para cumplir el objetivo para el cual fueron destinados.

La norma contempla además la revisión de situaciones de ocupación de inmuebles fiscales, incluidos permisos precarios, ocupaciones transitorias o tenencias no consolidadas. En función de la inversión realizada, el empleo generado y el impacto socioeconómico, el Ejecutivo podrá regularizar la situación y otorgar el inmueble o disponer la caducidad o revocación del derecho.

Los inmuebles podrán ser otorgados mediante concesión de uso, locación, comodato, derecho real de superficie, venta u otros instrumentos jurídicos compatibles con los objetivos del régimen.

La ley también autoriza al Ejecutivo a vender inmuebles estatales destinados a actividades económicas mediante licitación pública, subasta pública, iniciativa privada o concurso de proyectos. La venta directa quedará reservada para situaciones de urgencia, circunstancias sociales o económicas, razones de interés público debidamente acreditadas o cuando hayan fracasado los mecanismos anteriores.

Los recursos obtenidos deberán destinarse a infraestructura productiva y/o social, fondos de garantía y programas de financiamiento de actividades económicas del sector privado. El texto establece que no podrán utilizarse para financiar gasto público corriente.

|El cuarto eje es el financiamiento de proyectos privados. El Gobierno podrá implementar líneas de crédito de fomento para actividades y sectores productivos y de servicios, mecanismos para facilitar el acceso al financiamiento, herramientas para la reconversión de empresas, subsidios para bonificar tasas de interés, períodos de gracia y subsidios destinados a programas de capacitación de personal.

También podrá crear, constituir, integrar o participar en fondos de garantía, fideicomisos, fondos de respaldo crediticio y otros instrumentos financieros equivalentes, de carácter público, privado o mixto.

ÚLTIMAS NOTICIAS


NOMBRE
EMAIL
Random Number
PÁGINA   1   DE   0  -   TOTAL : 0
MÁS SOBRE Economía
MÁS VISTAS

MÁS VISTAS


WhatsApp 2657301877
Tel: (02657) 424400
Dirección: Lavalle 291 (PA), Villa Mercedes, San Luis, Argentina
CONTRATAR PUBLICIDAD AM
WhatsApp 2657301877
Tel: (02657) 424400
Dirección: Lavalle 291 (PA), Villa Mercedes, San Luis, Argentina
CONTRATAR PUBLICIDAD FM
Copyright 2026 - LV15 Radio Villa Mercedes- Aviso Legal