Ojo de cerradura
Edición del 22 / 11 / 2024
                   
18/05/2023 07:10 hs

Homicidio de Brian Perez: Condenaron a Marcelo Cruz a 17 años de prision.

Villa Mercedes - 18/05/2023 07:10 hs
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El tribunal dio a conocer hoy el veredicto, en marco de la causa donde se lo juzgó como responsable de la muerte de Brian Pérez, ocurrida en junio del 2020 en Villa Mercedes.
El tribunal  conformado por las Dras. Daniela Estrada, Sandra Ehrlich y el Dr. Hugo Guillermo Saa Petrino – quien participó en forma remota desde la primera Circunscripción Judicial – declaró hoy a Marcelo Cruz penalmente responsable del delito de homicidio simple (Arts. 79 y 45 del Código Penal Argentino) en perjuicio de Brian Pérez y  lo condenó a sufrir la pena de 17 años de prisión de cumplimiento efectivo, accesorios legales y costas procesales.
Minutos después de las 13 horas, la Dra. Daniela Estrada dio lectura al veredicto en la sala de juicios Nº 2 del edificio judicial de Villa Mercedes.
Durante la mañana, se había clausurado la etapa probatoria y las partes plantearon los alegatos.
Cierre de la etapa probatoria y alegatos
Hoy por la mañana, declaró el último testigo en la causa, un joven que había participado de una reunión de amigos horas antes de que se produjera el ataque a Brian Perez. Luego, el secretario, Dr. Héctor Lazzari, leyó la  prueba documental e instrumental incorporada a la causa y la Dra. Daniel Estrada declaró cerrada la etapa probatoria.
A continuación, las partes formularon alegatos. En primer lugar, el Fiscal de Juicio, Dr. Ernesto Lutens, describió cómo sucedió el hecho investigado y enumeró las pruebas recolectadas, que señalaban al imputado, como el autor del delito de homicidio simple.

Explicó que, la madrugada del 12 de junio del 2020,  Brian Pérez llegó a una plaza, en la que estaba un grupo de amigos que había participado de una reunión y que allí que sucedieron una serie de incidentes. Relató que Pérez fue atacado verbalmente  por Brandon Barzante – quien estuvo imputado en la causa y falleció en el 2022 – y que el mismo le propinó una patada que lo dejó semi inconsciente.
El Fiscal de Juicio relató que en un momento, se retiraron algunos de los amigos que habían participado de la juntada y quedaron sólo Pérez, Barzante y Cruz. Fue esa la circunstancia en la que Pérez fue agredido, a unos 80 metros de la plaza. “Fue atacado por un arma blanca por Barzante y Cruz, este ataque es el que produce su muerte”, relató el Dr. Lutens.
Mencionó que Pérez recibió 14 puñaladas. Aseveró que la materialidad del hecho quedó totalmente acreditada, mientras que en relación a la autoría del mismo aseguró que: “las pruebas acumuladas son contundentes y no dejan lugar a ninguna duda”.
Aludió al relato de un testigo presencial del hecho, quien señaló que vio a Cruz y a Barzante pegarle numerosas puñaladas a Pérez. Asimismo, mencionó otro testigo que vio al imputado portando un cuchillo entre su ropa.
Pidió que se califique al hecho como un homicidio simple en los términos de los Artículos 79 y 45 del Código Penal Argentino  y solicitó al tribunal que condene a Cruz a sufrir la pena de veinte años de prisión. Mencionó como atenuantes su falta de antecedentes condenatorios y como agravantes, el estado de indefensión de la víctima, la multiplicidad de atacantes y la circunstancia en la que se produjo el hecho, a la madrugada.
Por su parte, en representación del imputado, la Dra. Nayla Muñoz y el Dr. Sebastián Ojeda Escobeda, pidieron al tribunal la absolución de su defendido por el beneficio de la duda. Explicaron, en primer término, que la causa estuvo “plagada de testimoniales de oído, de baja calidad probatoria”.
En ese sentido, el Dr. Ojeda Escobeda explicó: “La calidad probatoria de estos testigos no sólo se ve afectada por la información de oída  sino también por la clara alteración de la percepción por el consumo de sustancias estupefacientes y alcohol”. Mencionó contradicciones entre los testigos y en forma individual.
También, recordaron el planteo de nulidad efectuado sobre un acta de allanamiento realizada en el domicilio del imputado, consideraron que uno de los elementos secuestrados -una campera- no coincide con lo descripto en la pericia. En ese sentido, cuestionaron la cadena de custodia.
Asimismo, la Dra. Muñoz desestimó el agravante de nocturnidad y explicó que de acuerdo al informe de la autopsia que reveló una franja horaria aproximada de muerte, no puede precisarse en qué momento exacto se produjo el ataque.
“¿Realmente estamos en condiciones de afirmar que la autoría ha sido probada?”, se preguntó y concluyó la defensora.

Fuente Prensa Judicial Villa Mercedes.

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