Ojo de cerradura
Edición del 23 / 11 / 2024
                   
30/09/2022 10:02 hs
Caso Domínguez

El lunes se dictaría el veredicto por la muerte del médico

- 30/09/2022 10:02 hs
COMPARTIR EN:                                
Ayer el tribunal recepcionó los alegatos de las partes
El debate oral se desarrolla en el marco de una causa de homicidio culposo que tiene como imputada a una mujer. El hecho ocurrió el 22 de octubre del 2017.Cuando en la intersección de las calles Manuel Láinez y Vicente Sallorenzo se produjo el accidente donde perdió la vida el doctor Gustavo Domínguez.

Luego de declararse clausurada la etapa probatoria, la presidente del tribunal cedió la palabra al representante de la particular damnificada. El doctor Roberto Pereyra expresó que se demostró que en un cruce entre dos calles, una camioneta embistió a otro de menor porte (motocicleta). Se refirió al daño de los vehículos, a las conclusiones periciales, al acta de constatación, testimonios, etc. También explicó que luego del hecho, hubo ausencia por parte de la imputada, se retiró del lugar, afirmó, considerándolo como un agravante. Hay circunstancias objetivas que acreditan la responsabilidad de la imputada, expresó. Solicitó la pena de 4 años y medio de prisión de cumplimiento efectivo, consideró que no hay motivos que justifiquen la ausencia del lugar del hecho. 

Por su parte, el fiscal de juicio, doctor Maximiliano Bazla, manifestó que el hecho está probado y no está sujeto a duda alguna, que está acreditada que la persona que conducía la camioneta es la mujer ahora imputada y que hubo un fallecimiento producto del accidente. Mencionó pericias, fotografías, etc. Expresó que se está en presencia de un hecho culposo, que no existió dolo y que se trató de un acto negligente e imprudente. Hizo una descripción y relato de los hechos sucedidos e hizo referencia a la violación del deber objetivo de cuidado, explicó que la acusada no tuvo precaución al momento de ingresar en esa calle, que no frenó ni disminuyó la velocidad y continuó su marcha y que la imputada no tuvo el cuidado necesario que se debe tener ante estas situaciones, no brindó colaboración, no brindó auxilio. Indicó que la descripción del hecho y la conducta desplegada por la acusada encuadra en el delito de homicidio culposo. No encontró elementos agravantes y como atenuantes, la falta de antecedentes, circunstancias personales y particulares, las circunstancias vividas, el comportamiento posterior al hecho, la presentación en comisaría y dijo que está claro que no intentó eludir el accionar de la justicia, entre otros. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de 3 años de prisión en suspenso accesorias legales y costas procesales.

Por último, la defensa de la imputada ejercida por el doctor Pascual Celdrán, quien en primer lugar solicitó la suspensión del juicio a prueba, expresó que si bien se trató de un accidente no se pueden determinar los elementos objetivos de cómo sucedió el hecho. Se refirió a la pericia accidentológica y afirmó que se trataron de medidas erróneas y que la confección del croquis tiene muchos defectos. Explicó que no hay prueba que acredite que la moto fue embestida en la parte trasera. Expresó que tiene que haber elementos subjetivos y objetivos para reprochar una conducta penal. No existen imprudencia, impericia y no hubo violación a la obligación del deber de cuidado, dijo la defensa, que no fue un hecho afortunado para nadie. Y expuso que su defendida está cumpliendo una pena natural por los problemas de salud y psíquicos, que su retiro del lugar se debió a cuestiones traumáticas y circunstancias personales que le generaron miedo y pánico, no hubo intención de huir. Solicitó que se absuelva a su defendida por el beneficio de la duda.

Por su parte, la imputada dijo, entre otras cosas que quiere que se haga justicia y se entienda que fue un accidente y que estos cinco años han sido una tortura. 

En relación al pedido de la defensa sobre la suspensión del juicio a prueba, tanto el fiscal de Juicio como el representante de la particular damnificada coincidieron en que debe ser rechazado ya que es improcedente, carece de requisitos y, que hay en tratamiento un recurso de queja en el Superior Tribunal de Justicia.

El próximo lunes, a las 09:00 horas el tribunal integrado por las doctoras María Silvia del Castillo de Insúa, Daniela Estrada y Sandra Ehrlich, dará a conocer la resolución sobre lo planteado por la defensa y en caso de corresponder, se dictará el veredicto.
LV16.com |

ÚLTIMAS NOTICIAS


NOMBRE
EMAIL
Random Number
PÁGINA   1   DE   0  -   TOTAL : 0
WhatsApp 2657556119
Tel: (02657) 424400
Dirección: Lavalle 291 (PA), Villa Mercedes, San Luis, Argentina
CONTRATAR PUBLICIDAD AM
WhatsApp 2657556119
Tel: (02657) 424400
Dirección: Lavalle 291 (PA), Villa Mercedes, San Luis, Argentina
CONTRATAR PUBLICIDAD FM
Copyright 2024 - LV15 Radio Villa Mercedes- Aviso Legal